sábado, 24 de julio de 2010

Que no existan evidencias científicas que las relacionen con el cáncer “no significa que haya quedado acreditado que dichas relaciones no existan”

RECUERDA A LA JUNTA QUE SÍ TIENE COMPETENCIA

El Defensor del Pueblo Andaluz pide una norma que limite las emisiones electromagnéticas para proteger la salud

Actualizacion: Lunes 19/07/2010 - 13:48
Que no existan evidencias científicas que las relacionen con el cáncer “no significa que haya quedado acreditado que dichas relaciones no existan”

Redacción. Sevilla

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, ha reclamado a la Junta de Andalucía la elaboración de una normativa autonómica que regule y limite las radiaciones electromagnéticas procedentes de las instalaciones eléctricas por los efectos nocivos que dichas emisiones puedan tener sobre la salud de las personas.

José Chamizo.

Estas limitaciones, según ha demandado Chamizo, deben de establecerse especialmente en zonas sensibles como escuelas, centros de salud, hospitales o parques públicos. Asimismo, ha indicado que debe de procurarse en todo momento que estas instalaciones eléctricas se ubiquen en áreas alejadas de edificios y locales destinados a otros fines.

En una resolución de la Oficina del Defensor, Chamizo indica que el hecho de que no existan hasta el momento evidencias científicas contrastadas que relacionen la aparición de determinadas enfermedades y, particularmente, del cáncer, con las radiaciones electromagnéticas “no significa que haya quedado acreditado científicamente que dichas relaciones no existan”, destacando que esta cuestión sigue bajo investigación.

De hecho, apunta que la ausencia de conclusiones formales de la comunidad científica no ha impedido que algunos gobiernos nacionales o regionales, no sólo hayan fijado límites máximos de exposición a estos campos electromagnéticos siguiendo la Recomendación de la Comisión Europea de 1999, sino que además en nueve estados miembros de la Unión Europea dichos límites, denominados preventivos, son inferiores a los que figuraban en la Recomendación de la Comisión Europea.

Así, sugiere que se establezca un límite a las radiaciones electromagnéticas en los casos de exposición a campos magnéticos de 50Hz, tomando como referencia, hasta que se conozcan los resultados de los estudios científicos en curso, los límites recomendados por el Consejo de la Unión Europea en 1999, que fijaba un valor máximo de 100 micro Teslas para una exposición a campos magnéticos de 50 Hz.

Además, llama la atención sobre el hecho de que la falta de regulación sobre las emisiones electromagnéticas de las instalaciones eléctricas contrasta con lo que ocurre con los campos electromagnéticos procedentes de emisiones radioeléctricas, que sí están limitadas a través de un Real Decreto por el que se establecen restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

Respecto a la competencia de la comunidad sobre esta materia, recuerda que, a falta de una normativa básica estatal relativa a las medidas de protección sanitaria frente a las emisiones electromagnéticas, el artículo 55.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce la competencia compartida en materia de sanidad interior y, en particular, entre otros, la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos.

Estudios detallados

Chamizo considera especialmente necesario para garantizar la protección sanitaria de la población el establecimiento de determinados requisitos como la obligatoriedad de presentar junto con el proyecto necesario para la puesta en marcha de la instalación eléctrica un estudio detallado que indique los niveles de exposición electromagnética en áreas cercanas a dicha instalación en las que puedan permanecer habitualmente personas.

Junto a ello, ve prioritario presentar complementariamente un proyecto de instalación de señalización y, en su caso, vallado, que restrinja el acceso de personal no profesional a zonas en las que se superasen los límites de exposición, así como condicionar la aprobación definitiva de la instalación eléctrica a la no superación de los límites de exposición de las emisiones electromagnéticas.

2 comentarios:

  1. Carlos vecino de la calle Ciempozuelos.24 de julio de 2010, 11:59

    Buena e importante noticia.
    Esperemos que Esperanza Aguirre y el Ayuntamiento de Getafe tomen nota.

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  2. Se dice que cuando el rio suena es porque agua lleva.Algo habrá de cierto en lo que se refiere a la contaminación electromagnética cuando desde puntos tan diversos se generan noticias tan preocupantes y que son producto de los problemas que sufre la gente afectada.Para mí está muy clara la relación que existe.¡Ya está bien de engañarnos aún a costa de nuestra salud,despertemos todos y exijamos soluciones!

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