sábado, 11 de febrero de 2012

No es una reforma laboral, es el mayor ataque contra los derechos de las clases trabajadoras que se podía imaginar

El consejo de ministros ha aprobado una reforma laboral que pasa por abaratar el despido. También se aumentan las facilidades de los empresarios para no respetar los convenios, y se pone el 50% del subsidio de desempleo de jóvenes parados al alcance de la mano del empresario que los contrate.

Además se amplían los motivos para que las empresas puedan despedir por la vía procedente.

Agencias/Prensa/Kaosenlared

Estas son las principales medidas aprobadas. Una aberración en toda regla, que devuelve a los trabajadores a condiciones de semi-esclavitud, los condena al paro, a la emigración o al trabajo -precario- por un "plato de comida", y que, para colmo, pone parte de los derechos adquiridos, como es el subsidio por desempleo, en manos del empresario, robándoselos al trabajador. Algo inaudito. Además, por si fuese poco, se privatizan de manera encubierta los servicios de colocación de empleo, y se otorga a las ETT, paradigma del abuso y de la explotación laboral, un papel central en la estrategia de "lucha" contra el desempleo, con todo lo que ello significa:
Contratación

El contrato indefinido tendrá una indemnización de 33 días por un máximo de 24 mensualidades.

Nuevo contrato para "emprendedores": será indefinido "para evitar la temporalidad y dualidad". Destinado a pymes de menos de 50 trabajadores. Ayudas: Deducción fiscal de 3.000 euros para el primer asalariado siempre que sea menor de 30 años. La persona que tiene hoy la prestación de desempleo podrá compatibilizar el 25% de la percepción por paro durante un año.

Bonificaciones: hasta 3.600 euros por contratar a menores de 30 años. Por otro lado se bonifican con 4.500 euros por incorporar a parados de larga duración

Se prohíbe la encadenación de contratos temporales más allá de 24 meses

Las ETT actuarán como agencias de colocación, harán la competencia al INEM y al SOC

Se facilita la modificación de jornada, salario y funciones

El periodo de prueba dura hasta un año.

Formación

El trabajador podrá formarse en la propia empresa, se instaura el modelo alemán de formación dual

Formación Profesional: se evaluará la empleabilidad de los cursos. El trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación pagadas por la empresa

Negociación colectiva y absentismo

Prioridad del convenio de empresa al sectorial. Se facilita a las empresas el descuelgue del convenio colectivo. El plazo máximo será de dos años

Se anuncia una próxima ley de mutuas se recogerán los mecanismos para regular la metodología para que esas entidades participen en la valoración del abstencionismo

Despido

Las causas empresariales para despedir objetivamente con 20 días de indemnización son las pérdidas actuales o previstas y además una caída de los ingresos durante tres trimestres consecutivos.

Todos los despidos se entenderán ‘a priori’ como justificados y se indemnizarán con 20 días por año trabajado; será el trabajador el que tenga que ir al juzgado y demostrar que es improcedente para conseguir 33 días por año de indemnización.

Desempleo

Los parados podrán compaginar el cobro del paro con la prestación de servicios para la comunidad, en coordinación con las autonomías

Las prestaciones por desempleo permanecen sin variación

Resumiendo:

Se abarata el despido. La indemnización será de 33 días por año trabajado y con un máximo de 24 meses. 20 y un máximo de 12 meses en caso de que el despido sea declarado procedente, para lo cual la reforma aumenta el margen de casos aceptables como tales. Además, el periodo de prueba pasa a ser de un año completo, lo que en la práctica viene a suponer que durante el primer año de trabajo el despido sea, en la inmensa mayoría de casos, totalmente gratuito.

Autoriza el descuelgue de las Pymes de los convenios sectoriales. En la práctica supone que el empresario pueda imponer las condiciones de trabajo (horarios, duración de la jornada, salarios, etc.) a su antojo. Supone, también, el fin de la negociación colectiva. Los convenios prácticamente pasan a ser, en el ámbito de las Pymes, papel mojado, o, mejor dicho, figuras retóricas para adornar el marco de relaciones laborales vigente, pero sin valor real alguno.

Prácticamente se equiparan las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) al INEM y demás agencias autonómicas de empleo, en lo que supone una privatización encubierta del servicio público de empleo. Las ETT, conocidas por ser el paradigma de la contratación ultraprecaria y la explotación laboral abusiva, serán ahora quienes ejerzan como agencias de colocación a gran escala, quitándo del medio la incomodidad que para un empresario explotador pudiera suponer tener que utilizar el estado como intermediador en la búsqueda de trabajadores y trabajadoras, y convirtiendo de facto la oferta/demanda de empleo en un negocio, donde los desempleados serán tratados como mera mercancía a la que poder sacar un rendimiento económico. La oferta/demanda de empleo pasa a ser un negocio.

Convierte a los desempleados, personas enfermas con baja laboral, etc. en sujetos sospechosos de estar cometiendo algún tipo de fraude fiscal solo por el mero hecho de encontrarse en tal situación laboral, y carga sobre ellos la lucha contra la "economía sumergida", tratándolos apriori como delincuentes.

Instauran una vía legal por la cual el empresario podrá robar a un joven desempleado, que esté cobrando el subsidio de desempleo, parte de su prestación. Para que se entienda, lo que se acaba de aprobar, viene a ser algo así como si usted, ciudadano trabajador, joven, en paro y que actualmente está cobrando 1000 euros por el subsidio de desempleo, para que un empresario acepte contratarlo, en las condiciones que él considere oportunas (digamos, por ejemplo, contrato temporal por el salario mínimo de 642 euros), usted deberá renunciar al 75% del mismo, de los cual un 25% irá para el estado, y un 50% para el empresario en forma de deduciones fiscales. Usted seguirá cobrando el 25% restante, pero perderá todo derecho adquirido al respecto, y, en esencia, será usted, con su subsidio, quien esté pagando la mayor parte del coste que al empresario le supone su contratación.

Convierte a los desempleados que estén cobrando el subsidio en voluntarios forzosos, y reducen así el empleo público que pudiera generarse. En lugar de emitir ofertas de empleo público, con sus correspondientes derechos laborales asociados, entre ellos, los más básicos de cotización a la seguridad social y al subsidio de desempleo, obligarán a los desempleados a trabajar, a cambio de recibier el subsidio, sin que tal trabajo sirva para cotizar, y sin que, además, esto tenga consecuencias para la acumulación de tiempo cotizado para el cobro del subsidio de desempleo, un subsidio que ya se cobra en esos momentos, y que dejará a de cobrarse una vez se agote el plazo correspondiente, pese a que en ese tiempo el trabajador haya desarrollado su labor en estos trabajos comunitarios.

En agencias:

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha anunciado que a partir de la entrada en vigor de la reforma laboral aprobada hoy la indemnización por despido improcedente en el caso de los contratos indefinidos será de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, mientras que la del despido procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo de un año de salario. Según Báñez, la reforma respetará los derechos adquiridos por los trabajadores.

El Gobierno ha clarificado en esta reforma las características para que las empresas puedan acogerse a despidos objetivos por causas económicas (20 días por año trabajado).

Así, se entenderán por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.

Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de 2013 el límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el anterior Gobierno, y elimina la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos.

Asimismo, fomentará la contratación indefinida de jóvenes y de parados de larga duración con bonificaciones de hasta 4.500 euros, regula por primera vez el teletrabajo, facilita el descuelgue de los convenios y la modificación de las condiciones laborales, y modifica el contrato estable a tiempo parcial y el de formación y aprendizaje.

En este punto, Báñez ha explicado que el contrato de formación podrá realizarse con trabajadores de hasta 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15%. Cuando ésta caiga por debajo de esa barrera, la edad máxima del contratado será de 25 años. Además, ha dicho la ministra, los trabajadores podrán formarse en las propias empresas, al estilo del modelo dual de formación.

En prensa:

El Consejo de Ministros ha aprobado su anunciada reforma laboral, envuelta hasta la fecha en un enorme secretismo. No ha sido hasta la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno de este viernes cuando se ha confirmado la aprobación de la reforma que liquida el contrato con indemnización de 45 días. Desde que entre en vigor la norma, el abaratamiento de los despidos afectará a todos los contratos, no solo a los nuevos. Además, la nueva reforma laboral permitirá no aplicar en tiempos de crisis el convenio pactado.

Otro de los puntos clave de la reforma es que la indemnización para trabajadores fijos que sean despedidos de forma improcedente se reduce de 45 a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

Tras la introducción de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha calificado la reforma laboral de "completa e histórica". Báñez ha asegurado que el Ejecutivo ha aprobado "una reforma para el empleo estable pensando en los ciudadanos, en los parados y en los jóvenes sin empleo".

"Va a atacar la fuerte dualidad entre empleos indefinidos y temporales", ha afirmado Báñez, "y la rigidez de la que adolece el mercado de trabajo que hace que las empresas afronten la crisis con despidos".

Previamente la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha anunciado que se concederá unadeducción de 3.000 euros a los autónomos que contraten a su primer trabajador menor de 30 años en situación de desempleo.

Dicho trabajador cobrará, según Sáenz de Santamaría, el 25% de la prestación por desempleo y el empleador podrá deducirse en el plazo de un año el 50% del montante que al trabajador contratado le quede por percibir.

La vicepresidenta ha definido la reforma laboral como importante y de calado y ha asegurado que "marcará un antes y un después en la legislación laboral" española.

El 'mutismo" del Gobierno sobre qué medidas contempla la reforma ha generado un gran malestar entre los sindicatos, que también rechazan uno de los detalles que se han conocido, quedesaparecerá el contrato fijo con indemnización de 45 días.

La reforma laboral llega al Consejo de Ministros en medio de un enorme crisis de empleo, con casi 5,3 millones de parados y menos de 17 millones de afiliados a la Seguridad Social. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2011, la tasa de paro ya alcanza el 22,85%, un porcentaje inédito para la economía española desde el primer trimestre de 1995 (23,49%). Pero la cosa parece que no va a acabar aquí: el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ya advirtió que las cifras del paro "empeorarán" en 2012.

Éste es el resumen de cómo será el nuevo contrato para jóvenes:

.- Será un contrato indefinido que se ceñirá a empresas con menos de 50 empleados.

.- La compañía que fiche como primer trabajador a un menor de 30 años podrá beneficiarse de una deducción de 3.000 euros.

.- Para incentivar la contratación de trabajadores que actualmente están en paro, se podrá completar el sueldo con el 25% del paro correspondiente. Además, el empleador podrá deducirse el 50% de la cantidad que le quedaba por cobrar al trabajador.

Más información:

El Gobierno ha anunciado hoy una reforma laboral que rebaja de forma generalizada el coste del despido para las empresas, tal y como ayer avanzó el ministro de Economía, Luis de Guindos. Entre los cambios que establece la nueva normativa, que entrará en vigor mañana tras su publicación en el BOE ya que se ha aprobado por decreto ley, se generaliza el contrato con indemnización por despido de 33 días y un máximo de 24 mensualidades, así como se flexibilizan las causas para que los empresarios puedan acogerse a la vía del despido procedente, que se limita a 20 días por año trabajad. Por el lado de la contratación, pone en marcha un nuevo contrato indefinido para las pymes que combina el cobro del paro con el de un salario y reinstaura la prohibición que suspendió el anterior Gabinete de concatenar contratos temporales más allá de los 24 meses.

El descenso en el coste de despido afectará también a los contratos ordinarios (los de 45 días) firmados antes de la reforma, la octava desde que se creó el Estatuto de los Trabajadores en 1980. Es decir, cuando se despida a un trabajador con contrato ordinario firmado antes de mañana, la indemnización se calculará según dos escalas: el periodo previo a la reforma se computará de acuerdo a la indemnización de 45 días por año; el posterior, con respecto a la nueva fórmula de 33 días por año trabajado.

Sin salir del lado de las empresas también se facilita que se puedan acoger a la modalidad de despido procedente. Para ello, tendrá que tener "pérdidas actuales o previstas" o una "disminución de ventas durante tres trimestres consecutivos", según ha explicado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, tras el Consejo de Ministros que ha aprobado el decreto. Esta vía es la que cuenta con una indemnización por despido más barata (20 días por año trabajado y un máximo de un año de salario) y es la que se emplea habitualmente ahora en los Expedientes de Regulación de Empleo.

Para reducir el paro juvenil, que sufre una tasa de desempleo del 48%, el Ejecutivo ha creado un nuevo contrato indefinido para emprendedores. En él, se establece una rebaja en los costes laborales de 3.000 euros para las pymes con menos de 50 trabajadores al contratar al primer empleado menor de 30 años que esté en paro. Ese trabajador seguirá cobrando el 25% del paro al que tenía derecho mientras, el empleador, podrá dejar de pagar el 50% de lo que le correspondía de la prestación a la que tenía derecho el empleado durante un máximo de un año, aunque este periodo coincide con el tiempo de prueba que prevé el nuevo contrato.

Junto a este contrato, el Gobierno modifica las bonificaciones y se establece una ayuda de 4.000 euros para quienes den trabajo a los llamados parados de larga duración. En formación, la edad máxima para optar a un contrato de aprendizaje se eleva a los 25 años. Asimismo, se regula que las agencias de empresas de trabajo temporal puedan funcionar como agencias de colocación.

La ministra ha apuntado que el principal objetivo de la reforma, diseñada para atajar la destrucción de empleo en España, es acabar con la dualidad existente en el mercado laboral español entre temporales e indefinidos. Asimismo, ha defendido que aumentará la flexibilidad interna de las empresas, lo que permitirá que los ajustes a los que se vean obligados en épocas de deterioro económico no se traduzcan, como hasta ahora, en recortes de plantilla.

En opinión de Báñez, el nuevo marco legal también permitirá aumentar los derechos de los trabajadores, aunque se ha limitado a apuntar a que tendrán más derecho a la formación, ya que se aborda una amplia reforma de la FP. Junto a ello, cada trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa.

Según ha descrito la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, se trata de una “reforma importante, de calado y completa”. “Marcará un antes y un después del mercado laboral”, ha asegurado antes de señalar que sienta “las bases para volver a crear empleo”. Eso sí, ha admitido que la reforma, si bien es necesaria, no es suficiente para atajar el paro.



¡¡No hay vergüenza!!


Ante las agresiones policiales y detenciones en la concentración contra la reforma laboral del viernes 10 de febrero al dirigirse la manifestación al Parlamento.


Concentración en Sol sabado 11 de febrero 20:00 en apoyo a las personas agredidas y detenidas




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