jueves, 22 de octubre de 2009

Camaras que no sirven para nada desde hace más de un año en Getafe




La Agencia Española de Protección de Datos regula con una Instrucción la captación y el tratamiento de imágenes mediante videovigilancia

● Las imágenes se consideran por LOPD como un dato de carácter personal

● la Instrucción se aplica al tratamiento de datos personales de imágenes de
personas físicas identificadas o identificables, con fines de vigilancia a través de
sistemas de cámaras y videocámaras

● Se deberán colocar, en las zonas videovigiladas, al menos un distintivo
informativo ubicado en lugar suficientemente visible


Entre los principales exigencias establecidos por la Instrucción 1/ 2006, de 8 de
noviembre de 2006, para la captación y el tratamiento de imágenes mediante
Videovigilancia destacan las siguientes:

- Los responsables que cuenten con sistemas de videovigilancia deberán cumplir con el
deber de información previsto en la LOPD. A tal fin deberán colocar, en las zonas videovigiladas, al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados.

Según se establece en la Instrucción el contenido y el diseño del distintivo informativo deberá de incluir una referencia a la “LEY ORGANICA 15/1999, DE PROTECCIÓN DE DATOS”, incluirá una mención a la finalidad para la que se tratan los datos (“ZONA VIDEOVIGILADA”), y una mención expresa a la identificación del
responsable ante quien puedan ejercitarse los derechos de las personas en materia de
Protección de Datos.

- Sólo se considerará admisible la instalación de cámaras o videocámaras cuando la
finalidad de vigilancia no pueda obtenerse mediante otros medios que, sin exigir
esfuerzos desproporcionados, resulten menos intrusivos para la intimidad de las
personas y para su derecho a la protección de datos de carácter personal.

- Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener
imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de
vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de
aquéllas. En todo caso deberá evitarse cualquier tratamiento de datos innecesario para la
finalidad perseguida.

- Las imágenes sólo serán tratadas cuando sean adecuadas, pertinentes y no excesivas en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, legítimas y explícitas, que hayan justificado la instalación de las cámaras o videocámaras.
- La creación de un fichero de imágenes de videovigilancia exige su previa notificación a la Agencia Española de Protección de Datos, para la inscripción en su Registro General.

La instrucción adecua los tratamientos de datos personales con fines de videovigilancia a la LOPD. La videovigilancia se encuentra además regulada en la Ley Orgánica 4/97 de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos y la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada y en sus reglamentos de desarrollo aprobados por los Reales Decretos 596/1999, de 16 de abril 2364/1994, de 9 de diciembre, respectivamente.




Según el Ayuntamiento estas cámaras no están en funcionamiento, si esto no fuera así estarían incumpliendo la ley de protección de datos.
También hemos consultado a la Agencia Española de Protección de Datos pero no hemos tenido contestación.

6 comentarios:

  1. Pero las camaras ¿donde están?
    Yo no he visto ninguna.

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  2. Las camaras están en estos postes altos que aparecen en las fotos de la Plaza Palacios y el Ayuntamiento.

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  3. Y no nos avisan este gobierno de ¿izquierdas? de que hay cámaras que nos están grabando. Vaya con el PSOE-IU y luego hablan de Gallardón. Y los del PP de Getafe por qué se callan y no nos informan a los vecinos de que hay cámaras tal para cual.

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  4. Hola, he abierto un blog y, si lo consideráis oportuno, me gustaría que lo enlazaráis. La dirección: http://quinientas-palabras.blogspot.com/

    Gracias

    Matías

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  5. Lucas considera "gesto de soberbia" que Gallardón mantenga la tasa de basuras
    22/10/2009.- El portavoz del PSOE en el Ayuntamiento considera una "falta de respeto" hacia los madrileños que el alcalde haya aprobado un proyecto de ordenanzas fiscales que mantiene la tasa de basuras.
    Última actualización 26/10/2009@10:16:54 GMT+1
    El portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Madrid, David Lucas, considera un "gesto de soberbia" y una "falta de respeto" hacia los madrileños que el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, haya aprobado hoy un proyecto de ordenanzas fiscales que mantiene la tasa de basuras en contra del "clamor popular".

    Después de que el alcalde anunciara la aprobación inicial de las ordenanzas fiscales, que se congelan, Lucas ha asegurado que Ruiz-Gallardón "sigue friendo a impuestos a todos los madrileños" pero "ya no engaña a nadie".

    A su juicio, lo que tenía que haber aprobado hoy el Gobierno municipal es la retirada de la "arbitraria e injusta" tasa de basuras y la rebaja de la presión fiscal que el año pasado subió un 22%, según sus datos, pero que "sólo sirve para seguir despilfarrando los recursos de todos".

    Lucas ha retado a Ruiz-Gallardón a contarle que Madrid es una de las ciudades con menos impuestos al "vecino jubilado" de una de las colonias construidas en los años 50, que en 2004 pagaba 550 euros al Ayuntamiento y en 2009 paga 1.457 euros".

    Además de advertir que el PSOE va a seguir luchando por la retirada de la tasa de basuras, Lucas ha destacado que el Ayuntamiento habrá recibido del Estado entre este año y el próximo cerca de 900 millones de euros para gastos municipale

    TOMADO DE CRONICAMADRID

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